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Una de las novedades más importantes de la regulación europea sobre drones consiste en, que prácticamente todas las aeronaves que vuelen en Categoría Abierta (clases C1, C2 y C3) o bajo declaración de la Categoría Específica (clases C5 y C6), deberán llevar instalado un sistema de identificación remota que permita saber el número de operador que lo está volando. Este sistema se denomina “Direct Remote Identification” (DRI).
¿Pero para qué se debe llevar un sistema de identificación remota?
Igual que pasa con los vehículos terrestres, los drones deben equipar una matrícula con el número de operador que identifique quien lo está volando, y este debe estar disponible en todo momento tanto para las autoridades como para el público en general. No obstante, el disponer de matrícula no es suficiente para poder identificarlos, tanto por su pequeño tamaño como por la altura y distancia a la que se puede encontrar. Es por ello, el dron debe permitir un acceso digital directo de la forma más sencilla posible, como por ejemplo con el uso de un teléfono inteligente.
Como bien sabrás, para poder volar drones en Categoría Abierta o Específica, es necesario registrarse como operador de UAS. Después de registrarse, el usuario recibirá un Número de Registro de Operador, que a su vez deberá ser configurado dentro del DRI de la aeronave.
Así pues, el DRI permitirá que los observadores que se encuentren relativamente cerca de la aeronave puedan obtener la información sobre el número de Operador de UAS sin necesidad de estar físicamente con el dron, utilizando un teléfono inteligente con una aplicación disponible en las tiendas de Apps.
Igual que pasa con los vehículos terrestres, el público en general solo podrá visualizar el número de operador, mientras que la fuerzas de seguridad, si lo requieren, podrán acceder a los datos de registro y saber qué persona o empresa hay detrás del vuelo.
La tecnología de comunicaciones que se utiliza para el DRI es bastante común y accesible para la mayoría de los dispositivos móviles, no obstante, aquellos dispositivos con sistema operativo basado en Android son más capaces, ya que permiten utilizar distintas posibilidades de conectividad.
Los estándares que el sistema DRI puede utilizar para comunicarse son:
Bluetooth Legacy Advertising
A diferencia del protocolo de Bluetooth normal, se trata de un protocolo de Bluetooth de baja energía que permanece en suspensión la mayor parte del tiempo. Se activa solo para hacer anuncios y conexiones cortas.
Bluetooth 5 Long Range
Es un nuevo protocolo de Bluetooth que extiende las conexiones de los 10-30 metros a 1 kilómetro o más.
Wi-Fi NAN
Se trata de un nuevo protocolo basado en WiFi que permite la conexión entre dispositivos sin la necesidad de intermediarios, como por ejemplo un punto de acceso.
Wi-Fi Beacon
Son transmisiones generadas por los puntos de acceso WiFi muy cortas, que informan a todos los dispositivos cercanos que hay conexiones disponibles.
Por ahora, los dispositivos móviles con el sistema operativo Android son los únicos que pueden equipar todas las tecnologías inalámbricas anteriores, mientras que los dispositivos con sistema operativo basado en IOS están más limitados.
La puesta en funcionamiento del DRI se puede realizar de dos formas distintas:
Actualización de Firmware de la aeronave
Muchas de las aeronaves que se están comercializando hoy en día ya disponen del sistema de DRI, aunque lo más probable es que sea necesario actualizar el Firmware de la aeronave para que sea funcional.
Instalación de complemento o Add-on
En aquellas aeronaves que no se disponga de la tecnología necesaria, será necesario instalar el DRI en forma de complemento o Add-on suministrado por terceros.
Es importante recordar que tanto el DRI integrado en la aeronave como el DRI en forma de complemento, deberán ser conformes a la normativa y estar certificados como muy tarde a principios del año 2024.
4 comentarios
No me parece correcto que cualquier persona con un teléfono móvil pueda acceder a una información confidencial, como es el número de operador de un piloto.
Además, teniendo en cuenta la ley de protección de datos y el derecho a la intimidad que nosotros como pilotos debemos cumplir, es difícil de entender esta parte de la normativa.
Como resultado, están obligando a que una gran parte de nosotros vendamos nuestros drones de más de 250 gramos, ya que por debajo de los 250g no es obligatorio el uso del DRI.
No me parece correcto, queremos que haya privacidad para todo pero para volar un dron cualquier persona puede ursurpar tu privacidad. No lo veo correcto
Entendemos tu frustración Tony, pero es muy parecido a la conducción de coches. Cualquier persona puede ver tu matrícula, pero solo las autoridades lo podrán relacionar con tu nombre y DNI.
Un saludo!
Hola Kiko,
Entiendo tu descontento, pero nadie va a poder ver tu nombre. Solamente las autoridades, si lo desean.
Un saludo,