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Operaciones de UAS en demostraciones aéreas conforme al Reglamento UE 2019/947

Índice
La participación en operaciones de UAS en el contexto de una demostración aérea se rige por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947. Este reglamento, aplicable tanto a los usuarios profesionales como a los recreativos, impone su cumplimiento a quienes participan en actividades deportivas, recreativas, de competición y de exhibición.

El reglamento establece directrices detalladas para los sistemas de aeronaves no tripuladas, el personal -incluidos los pilotos remotos- y las organizaciones participantes. Las categorías operativas, clasificadas como «abiertas», «específicas» y «certificadas», vienen determinadas por el riesgo asociado a la operación.

Excepciones y normas adicionales para las demostraciones aéreas

Es importante señalar que las demostraciones clasificadas como «NO AESA», tales como aduanas, policía, búsqueda y salvamento, lucha contra incendios, control de fronteras, vigilancia costera o actividades similares, están exentas de este Reglamento.

Además, el Real Decreto 1919/2009, de 11 de diciembre, por el que se regula la seguridad aeronáutica en las demostraciones aéreas civiles, es aplicable a cualquier demostración anunciada públicamente, ya sea abierta al público en general o de acceso restringido.

Directrices de procedimiento para demostraciones aéreas civiles: Presentación de declaraciones y excepciones

El organizador deberá presentar una declaración que confirme el cumplimiento de las estipulaciones, como mínimo 15 días antes de la manifestación programada. Junto con esta declaración responsable, el organizador deberá proporcionar todos los datos pertinentes de utilización del espacio aéreo para facilitar la emisión de un NOTAM (Aviso a los Aviadores).

Este trámite es imprescindible para solicitar la aprobación de la Declaración de Conformidad Aeronáutica Civil, requisito indispensable para realizar una demostración aérea civil. Además, este proceso puede emplearse para presentar la declaración responsable en casos específicos en los que la obtención de la declaración de conformidad aeronáutica no sea obligatoria.

Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntados los documentos requeridos, se tramitará la inscripción y se expedirá un recibo con el número y la fecha de inscripción.

El procedimiento también incluye la presentación de la declaración responsable de excepciones, que incluye:


  1. Eventos exclusivamente con globos tripulados.


  2. Demostraciones que comprenden únicamente exhibiciones de paracaidismo.


  3. Exposiciones limitadas a actividades específicas como paracaidismo no motorizado, ala delta, parapente, ala delta y parapente motorizado, o aeromodelismo.


  4. Demostraciones o exhibiciones aéreas civiles de acceso restringido no abiertas al público en general.


En el caso de las demostraciones realizadas por un único operador de UAS autorizado por la AESA en una categoría específica, las solicitudes NOTAM deberán dirigirse directamente a los proveedores de tráfico aéreo o a ENAIRE con una antelación mínima de 15 días naturales, dependiendo de si la demostración aérea tiene lugar en espacio aéreo controlado o no controlado. Esta solicitud debe especificar el formulario pertinente necesario para el volumen de espacio aéreo en cuestión.