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Operaciones transfronterizas

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Operaciones transfronterizas: Vuele su dron en distintos países de la UE

Un operador de UAS que tenga previsto realizar operaciones en un Estado miembro distinto de aquel en el que está registrado debe obtener primero la autorización necesaria de su Estado de origen, a menos que disponga de un certificado de operador de UAS ligero (LUC) con las facultades adecuadas

Deben adaptar sus procedimientos operativos a las condiciones locales de la zona de operación, presentar una solicitud de operación transfronteriza a la autoridad del Estado miembro de la operación, incluyendo una copia de su autorización operativa o LUC, y un manual de operaciones actualizado que refleje las condiciones locales y las medidas de mitigación

Tras la aprobación, podrán proceder a la operación

Los operadores titulares de un LUC con privilegios específicos pueden saltarse algunos pasos, pero deben presentar la documentación requerida para la operación

La imagen que se muestra a continuación sirve de ejemplo de cómo una autorización, concedida por la autoridad competente para una operación con drones dentro del Estado miembro registrado del operador, puede aplicarse para realizar la misma operación en un Estado miembro diferente

En el escenario anterior, un operador de UAS obtiene una autorización de la autoridad de su Estado miembro de origen, en la que se detallan medidas de mitigación adaptables a las zonas operativas, como la reducción del riesgo en tierra volando sobre el agua

Para las operaciones en un Estado miembro diferente, el operador presenta esta autorización a la Autoridad Nacional de Aviación (ANA) del nuevo Estado miembro Algunas medidas de mitigación siguen siendo aplicables, como la estructura organizativa, las habilidades de los pilotos o las características de los UAS Otros necesitan ajustes en función de la geografía de la nueva zona, lo que exige actualizaciones para garantizar el cumplimiento de las condiciones locales en cuanto a riesgo del terreno, espacio aéreo y clima La autoridad del Estado receptor confirma la adecuación de las medidas actualizadas y autoriza el inicio de la operación